Su transporte en trenes se limitará a pequeños animales de compañía, entendiendo como tales, perros, gatos, hurones y aves no de corral.

  • Se admitirá como máximo un animal por viajero
  • Se admite su transporte, si no se opone el resto de clientes y no producen molestias a los mismos.
  • Durante el viaje deben situarse en un lugar discreto a los pies del dueño debiendo estar sujetos permanentemente por sus portadores.
  • El animal deberá cumplir las condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad, y disponer de la documentación conforme a la legislación vigente.
  • Los perros guía y de asistencia, podrán viajar gratuitamente acompañando a sus dueños, debidamente identificados.
  • Los animales viajarán con un billete sin ocupar plaza.

En servicios AVE, Larga Distancia, Avant y Media Distancia

Se admiten animales cuyo peso máximo no exceda de 10 Kg., siempre dentro de una jaula, transportín u otro tipo de contenedor cerrado

En servicios Cercanías y Feve

Los perros y hurones, si no son transportados en jaulas, deberán viajar provistos de bozal y cadena o correa no extensible, debiendo estar sujetos permanentemente por sus portadores.

Infórmate en este enlace de las condiciones y características necesarias para el transporte de animales